21 de marzo de 2017

BECAS DE LIBROS Y RELEO

Programa de gratuidad de libros de texto RELEO PLUS 2017/2018. Convocatoria

Plazo de presentación de solicitudes del 20 al 31 de marzo ambos inclusive


El 17 de marzo de 2017 se publica en BOCYL la Orden EDU/185/2017, de 15 de marzo, por la que se convoca la participación en el Programa de gratuidad de libros de texto "RELEO PLUS" y las ayudas en él contenidas, cofinanciadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para el curso escolar 2017/2018.


Participantes en el programa y beneficiarios de las ayudas

Podrá participar en el Programa de gratuidad de libros de texto "RELEO PLUS" el alumnado que vaya a cursar educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2017/2018.
Será requisito indispensable para ser beneficiario de las ayudas incluidas en el programa que la renta de la unidad familiar en el año 2015 no supere en 2 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en 2017, es decir 14.910, 28 €.
No obstante, el alumnado que no resulte beneficiario por no cumplir el requisito de renta de la unidad familiar podrá recibir libros de texto del banco de libros de su centro, siempre que una vez atendidas las necesidades de los beneficiarios de las ayudas continuara habiendo existencias en su centro procedentes del Banco de libros de texto de Castilla y León. Por ello es necesario que todo el alumnado que desee obtener libros del banco de libros, aunque el nivel de renta de su unidad familiar supere dos Veces el IPREM, solicite su participación en el programa RELEO PLUS en el plazo indicado.
Los beneficiarios del Programa de gratuidad de libros de texto "RELEO PLUS" y todos aquellos que dispongan del uso gratuito de libros de texto o material curricular procedente del Banco de libros de textos de Castilla y León ubicado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, deberán entregar los libros subvencionados o recibidos en el centro donde estuvieran matriculados.

Tipos de ayudas

El alumnado beneficiario de las ayudas obtendrá el uso gratuito de los libros de texto acudiendo en primer lugar al banco de libros de texto ubicado en el centro en el que estudie, teniendo la entrega de estos libros la consideración de ayuda en especie.
En el caso de que el banco de libros de texto ubicado en el centro no dispusiera de las existencias necesarias para atender las solicitudes de los beneficiarios, se le entregará a este alumnado una ayuda dineraria que se corresponderá con el coste del material subvencionable siempre que no se superen las siguientes cuantías:
  1. Doscientos cuarenta euros (240 €) para financiar la adquisición de libros de texto de educación primaria.
  2. Trescientos diez euros (310 €) para financiar la adquisición de libros de texto de educación secundaria obligatoria.

Material subvencionable

Serán subvencionables en el marco del Programa de gratuidad de libros de texto "RELEO PLUS":
  1. Los materiales impresos, no fungibles, y siempre que sean reutilizables por otros alumnos, que los centros docentes, en desarrollo de los contenidos establecidos en el currículo oficial vigente, hayan seleccionado para ser utilizados por el alumnado en el curso escolar 2017/2018.
  2. Los materiales en formato digital que los centros docentes, en desarrollo de los contenidos establecidos en el currículo oficial vigente, hayan seleccionado para ser utilizados por el alumnado en el curso correspondiente, aun cuando no sean materiales reutilizables en cursos sucesivos.
  3. Los libros correspondientes a primero y segundo curso de educación primaria y los libros o materiales específicos destinados a favorecer el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje adaptado al alumnado con necesidades educativas específicas, aun cuando no sean materiales reutilizables en cursos sucesivos.
No serán subvencionables:
  1. Materiales curriculares que sirvan de complemento o apoyo en cada curso escolar, como pueden ser los libros de lectura, atlas, mapas o diccionarios, entre otros, aunque tengan como referencia las asignaturas, materias y áreas del currículo de las distintas etapas educativas.
  2. Libros y materiales asociados a los libros de texto que, por su propia naturaleza, no puedan ser reutilizados por el alumnado en cursos sucesivos, salvo las excepciones contempladas en los apartados b) y c) del párrafo anterior.

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